Tipología de contratos de seguros en los que varias entidades acuerdan, entre sí y con el tomador, la distribución de la cobertura del riesgo entre todas ellas, repartiéndose tanto las primas como la indemnización en caso de siniestro. Art. 33 Ley 50/80, de Contrato de Seguro: cuando mediante uno o varios contratos de seguros, referentes al mismo interés, riesgo y tiempo, se produce un reparto de cuotas determinadas entre varios aseguradores, previo acuerdo entre ellos y el tomador, cada asegurador está obligado, salvo pacto en contrario, al pago de la indemnización solamente en proporción a la cuota respectiva.
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