Estado en el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o la pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, tiene necesidad de asistencia y/o ayudas importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria y, de modo particular. los referentes al cuidado personal. La dependencia puede ser cubierta a través de seguros. Asimismo, la dependencia severa o la gran dependencia son contingencias susceptibles de cobertura por los planes de pensiones. Art. 2.2 Ley 39/2006 de Dependencia: estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria (…).
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